El proyecto del FpV para que se deje de fumigar a menos de mil metros de la ciudad
04-05-2015 15:23 |
Como se informara en el momento cuando fue presentado en el Concejo Deliberante, los ediles del Frente para la Victoria introdujeron para su discusión una iniciativa por la cual se prohíbe la fumigación con agroquímicos a menos de mil metros del ejido urbano. Transcribimos a continuación un informe al respecto del FpV y el proyecto en cuestión
PROPUESTAS DEL FPV PARA MEJORAR LA SALUD DE LA COMUNIDAD
“Proponemos que se deje de fumigar con agrotóxicos a 100 metros de la zona urbana y el límite pase a 1.000 metros”
Luego de la reunión de concejales con la Directora de Salud y del Hospital Municipal de Hipólito Yrigoyen, e informados de ciertas patologías de los pacientes que ingresan al Hospital Municipal o a las Salas de Primeros Auxilios, como afecciones en las vías respiratorias, cuadros de diarrea, trastornos de las glándulas tiroides, y analizando estudios científicos y de organismos universitarios, los concejales del FPV creen indispensable que el uso de agrotóxicos sea lo más alejado del límite de los centros urbanos del distrito, ya que estas investigaciones señalan como factores determinantes de las patologías señaladas el uso de agrotóxicos.
Durante el año 2013, el bloque de concejales de Tkacik votó una ordenanza (N° 96/13 REGULACION DE USO DE AGROQUIMICOS del Municipio de Hipólito Yrigoyen), impulsada por el ex concejal Freixá, donde se permite fumigar con pulverizaciones terrestres a partir de los 100 metros del límite de la zona urbana del Municipio de Hipólito Yrigoyen.
El bloque de concejales del Frente Para la Victoria argumenta que La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 25 de Setiembre de 2014, ordenó al municipio de Gral. Pueyrredón –en carácter de medida cautelar– que se establezca un radio de mil (1.000) metros a partir del límite de las plantas urbanas o núcleos poblacionales y en la totalidad de la planta urbana, en la que se prohiba la utilización de cualquier producto químico y/o biológico de uso agropecuario y/o forestal, en particular plaguicidas y/o fertilizantes. Fue luego de que ese municipio aprobara una ordenanza que había fijado la distancia mínima a 100 metros, igual a la vigente en nuestro distrito.
El fallo se muestra como un antecedente judicial histórico en la materia ambiental; La Suprema Corte siguiendo los lineamientos de ”D. J. E. F. s/ acción de amparo”, sent. de 8-VIII-2012 por fumigaciones terrestres en Alberti, donde declarara ilegal una fumigación realizada a menos de 1.000 metros.
En la última sesión del HCD, los concejales del Frente Para la Victoria presentaron el siguiente Proyecto de DECRETO:
Art.1°: Modifíquese el ARTICULO 20º: De las aplicaciones terrestres y aéreas- de la ORDENANZA REGULACION DE USO DE AGROQUIMICOS n° 96/13, donde dice: “Pulverizaciones terrestres a partir de los 100 metros del límite de la zona urbana”, que diga “Pulverizaciones terrestres a partir de los 1.000 metros del límite de la zona urbana”
ART. 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro del Honorable Concejo Deliberante y archívese.