Henderson, 04 de Agosto de 2014.-
A la Señora
Presidente del H. Concejo Deliberante de H. Yrigoyen
NORMA DE LÍO
S_________/________D:
De nuestra mayor consideración:
VISTO:
Los reiterados reclamos de los vecinos a la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A., a sus servicios 112 (Atención al Cliente) y 114 (servicios Técnicos), todos ellos de atención telefónica, debido a los inconvenientes que debieron y deben soportar, ocasionados a raíz de la poda del arbolado público de este distrito u otros inconvenientes, en cuanto a cortes e interrupción de los servicios de Telefonía fija e Internet que son brindados por la empresa mencionada.
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 24.240, Ley de DEFENSA DEL CONSUMIDOR en su Artículo 27 estipula — Registro de reclamos. Atención personalizada. Las empresas prestadoras deben habilitar un registro de reclamos donde quedarán asentadas las presentaciones de los usuarios. Los mismos podrán efectuarse por nota, teléfono, fax, correo o correo electrónico, o por otro medio disponible, debiendo extenderse constancia con la identificación del reclamo. Dichos reclamos deben ser satisfechos en plazos perentorios, conforme la reglamentación de la presente ley. Las empresas prestadoras de servicios públicos deberán garantizar la atención personalizada a los usuarios.
Solicitamos a los Señores Concejales acompañen con su voto favorable el siguiente:
Proyecto de Comunicación:
ARTÍCULO 1: Intímese a la empresa prestadora de Servicios de Telefonía e Internet TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. para que en un plazo no mayor de 3 (tres) meses habilite una oficina de atención al cliente personalizada en nuestro distrito.
ARTICULO 2: Infórmese de esta intimación a la Comisión Nacional de Comunicaciones y a los organismos que entienden en la materia.
ARTICULO 3: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.-.-
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Henderson, 05 de Agosto de 2014.-
A la Señora
Presidente del H. Concejo Deliberante de H. Yrigoyen
NORMA DE LÍO
S_________/________D:
De nuestra mayor consideración:
VISTO:
la importancia que tiene la OFICINA DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR ( OMIC), en especial en momentos como en el que vivimos donde se necesita conocer cuáles son los derechos que poseemos, a los fines de resguardar los derechos de los consumidores.
CONSIDERANDO:
La figura de la Oficina Municipal de Información al Consumidor es establecida por Ley Provincial Nº 13.133, y en el Titulo IX fija que los Municipios ejercerán las funciones emergentes de esta ley y de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor.
Es por ello que solicito a los señores concejales que nos acompañen con el presente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN:
ARTÍCULO 1: Infórmese al Honorable Concejo Deliberante sobre el presupuesto asignado para el funcionamiento de la OFICINA DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC), con cuantos empleados cuenta la dependencia y cual es el presupuesto para difusión de actividades de defensa al Consumidor.
ARTÍCULO 2: Infórmese cuántas personas atienden diariamente, si se hacen campañas de información y orientación de consumidores y cuántas denuncias han recibido y si se arribó a un acuerdo conciliatorio o se aplicaron sanciones.
ARTICULO 6º: Comuníquese, regístrese, cumplido, ARCHIVESE.-
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Henderson , 6 de agosto de 2014
Al Señor presidente
Del Honorable Concejo Deliberante
Contador Sandro Mateos
S / D
De nuestra consideración:
Por la presente nos dirigimos a Ud. a los efectos de poner a consideración del Cuerpo el siguiente Proyecto de :
RESOLUCION
Visto:
Que desde éste Honorable Concejo Deliberante surgió la iniciativa de instalar Juegos Integradores en la plaza Manuel Estrada .
Y Considerando:
Que los mismos están cumpliendo acabadamente los objetivos por el cual fueron solicitados.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
Art.1° Dirigirse a la Señora Ministra de Desarrollo Social de la Nación , Dra. Alicia M. Kirchner, a través de Presidencia del Concejo, a los efectos de agradecerle el otorgamiento de Juegos Integradores los que posibilitan que todos los niños puedan acceder y disfrutar de los mismos en
Igualdad de condiciones.
Art.2° De forma.
POR BLOQUE FPV.
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Henderson, 6 de agosto de 2014
Al Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
De Hipólito Yrigoyen
Contador Sandro Mateos
S / D.
De nuestra consideración:
Presentamos a Ud. el siguiente Proyecto de Ordenanza para su tratamiento:
VISTO:
La importancia que reviste la temprana intervención cuando se producen accidentes cardio-respiratorios. Y
CONSIDERANDO:
Que la formación y capacitación en procedimientos de reanimación cardio pulmonar (RCP) reviste una importancia trascendental a los efectos de disminuir riesgos de muerte.
Que en su desempeño como Diputado Provincial Osvaldo Martin Arpigiani (H) presentó iniciativas tendientes a la implementación de las mencionadas prácticas en el ámbito de la Administración Provincial.
Que en la función pública como Intendente Municipal se ocupó en materia de salud, de la Prevención, Atención Primaria y Secundaria de la Salud.
Que lo expuesto precedentemente es verificable, entre otras acciones, en materia de Prevención con la reglamentación y puesta en vigencia en el distrito de la Ley 10429,” Detección precoz en el recién nacido de la Fenilcetonuria e Hipotiroidismio Congénito.
En lo referente a la Atención Primaria, como ejemplo : Creación y construcción de la “Sala Eva Perón” , y Sala “Ramón Carrillo en Henderson y la Sala María Auxiliadora en Herrera Vegas .
A nivel hospitalario construcción del núcleo central Área Cirugía y dependencias conexas, reconversión de salas comunes en habitaciones privadas, y el Laboratorio de Análisis Clínico.
Que en lo referente a RCP existen además iniciativas legislativas de la provisión de desfibriladores ubicados en organismos y dependencias específicas.
Por lo expuesto El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN sanciona con fuerza de :
ORDENANZA
Art.1° Declárese el día 6 de agosto de cada año como “Día de la Formación , capacitación y actualización en técnicas de Resucitación Cardio-Pulmonar RCP”, en el ámbito del Distrito de
Hipólito Yrigoyen.
Art.2° Establécese a partir del 6 de agosto y durante cuatro días hábiles subsiguientes de cada año, la capacitación masiva en RCP y toda otra práctica orientada a igual fin, en especial la utilización de desfibriladores.
Art.3° Desígnese como Organismo de Aplicación a la Dirección de Salud Municipal, debiendo dar intervención al Hospital Municipal, a los Cursos de Formación en Enfermería, Bomberos Voluntarios, Secretaría de Deportes y a todos los actores sociales en condiciones y con obligación de contar con la formación requerida.
Art 4° Solicitar a los Organismos del Estado Provincial y del Estado Nacional otorguen las autorizaciones pertinentes a los agentes que se desempeñan en el distrito, a los efectos de poder participar en las actividades programadas a desarrollarse según el Artículo 3° de la presente.
Art. 5°: El DEM realizará las previsiones de partidas presupuestarias a partir del próximo ejercicio a efectos de garantizar la provisión de desfibriladores, los que serán ubicados en reparticiones Municipales con gran afluencia de público.
Art. 6°: EL DEM asignará recursos provenientes del Fondo Educativo para la adquisición de desfibriladores destinados agb los establecimientos educativos, de acuerdo a lo que determinen las Autoridades Docentes.
Art.7°: De forma.
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HENDERSON, 6 de agosto de 2014
Al Señor Presidente
Del Honorable Concejo Deliberante
Contador Sandro Mateos
S / D
De nuestra consideración:
Por la presente nos dirigimos a UD. a los efectos de tratar el siguiente Proyecto de Comunicación:
VISTO:
La necesidad de efectuar seguimientos permanentes y rigurosos relativos a la calidad del agua potable que se consume en la Ciudad de Henderson y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Salud Municipal es el organismo con capacidades funcionales, en condiciones de realizar y efectuar evaluaciones permanentes de los resultados de los Análisis Bacteriológicos y los Análisis Fisico-Químico de acuerdo a los parámetros establecidos por el Código Alimentario Argentino (C.A.A.).
Que la población tiene el derecho de estar informada en toda circunstancias , contando especialmente con el aval de la dirección mencionada precedentemente.
Es por ello que solicitamos a las Sras. y Sres. Concejales acompañen con su voto positivo el siguiente proyecto de
COMUN ICACION
Art.1° Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal asigne a la Dirección de Salud Municipal las facultad y responsabilidad de efectuar controles directos a través de laboratorios habilitados y de avalar todos los informes que surjan de los análisis Bacteriológicos y Físico Químico que debe efectuar en forma permanente la prestataria del servicio de agua potable.
Art.2° La Dirección de Salud será responsable de comunicar en forma regular el aval de los resultados de los análisis que deben efectuarse, como así también todo evento , incidente o accidente que se pueda producir , exigiendo la inmediata comunicación a la población.
Art.3° De Forma.
POR BLOQUE FPV.
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Henderson, 22 de Agosto de 2014.-
Al Señor
Presidente del H. Concejo Deliberante de H. Yrigoyen
CDOR. SANDRO MATEOS
S_________/________D:
De nuestra mayor consideración:
VISTO:
El foco de Triquinosis que afecta a nuestra localidad, según lo manifestado en los distintos medios de comunicación de nuestra ciudad por la Intendenta Interina Norma de Lío, por el Secretario de Gobierno de este Municipio Sr. Luis Ángel Pérez, por el Sr. Responsable de Bromatología y Medio Ambiente Veterinario Arturo Arrospide, por la Directora del Hospital Dra. Mónica Volante, por el asesor en el área Porcina de este Municipio Sr. Eduardo Terrado entre otros, y por lo que ha trascendido públicamente según expresiones de numerosos vecinos y/o afectados, y
CONSIDERANDO:
Que habiendo transcurridos dos meses del episodio del análisis positivo de, al menos un cerdo con triquinosis en el distrito, y transcurrido ya más 15 días desde que se conociera públicamente el brote de Triquinosis que ha afectado la salud de varios vecinos de nuestro distrito.
Que este bloque de concejales ha presentado nota a la directora del Hospital Dra. Mónica Volante con fecha 08-08-2014, la cual se adjunta.
Que como respuesta la Sra. Intendenta Interina Norma de Lío, presentó una nota en sesión del día 13-08-2014 que no respondió a nuestras inquietudes, en actitud poco habitual ya que normalmente ante notas presentadas por este bloque, ha respondido en forma directa y con antelación a la Sesión.
Que los términos de su respuesta son estos: “que le he solicitado a dicha funcionaria (Dra. Mónica Volante), se abstenga de responder inquietudes y pedidos de informes que se le realicen sobre la cuestión del repentino brote de Triquinosis que estamos padeciendo en nuestra localidad, primero por tratarse de una cuestión en la cual es el Departamento Ejecutivo quien está encabezando las acciones, y en segundo término, porque, oportunamente le solicitaré a la Dra. Volante, concurra al recinto del Concejo Deliberante, a exponer las novedades y responder sus inquietudes”.
Además sugiere al bloque del FPV respetar los canales institucionales correspondientes para solicitar información sobre programas, acciones o situaciones de este Municipio.
Agrega por último: “que he sido yo, en persona y en mi función de Intendente Interina, quien ha tomado el monitoreo y coordinación de las acciones pertinentes, para poder detectar los focos que dispararon el brote de triquinosis, eliminar de la circulación comercial dicha mercadería y asistir de manera eficaz a los pacientes afectados”.
Que la doctora Mónica Volante había confirmado al medio Hendersonline el día 11-08-2014: “que son 21 Las personas que podrían estar infectadas” además de otras apreciaciones que se adjuntan en este documento, extraídas de distintos medios periodísticos.
Otro medio periodístico que consultó a la Dra. Volante fue Diario Noticias de Pehuajó, el día 15-08-2014 y esta responde: “Aún no tenemos la confirmación de Zoonosis de Azul, que es quien da el diagnóstico definitivo, pero tenemos más de 30 casos…”
Radio Ciudad de la ciudad de Bolívar le realiza una entrevista el día 20-08-2014 y la doctora Volante responde: “Se enviaron a hacer los análisis correspondientes a Zoonosis de Azul y ya se confirmaron tres casos. No obstante, entre, sospechosos y probables aún hay, unos sesenta pacientes que aún no han sido confirmados.”
De esto se desprende que la Doctora Volante responde ante consultas de los medios de comunicación pero no a los representantes del pueblo, es decir, a los concejales de un bloque político, o bien NO está respetando las ordenes de la intendenta Interina que le solicitó “a dicha funcionaria (Dra. Mónica Volante), se abstenga de responder inquietudes y pedidos de informes que se le realicen sobre la cuestión del repentino brote de Triquinosis que estamos padeciendo en nuestra localidad, primero por tratarse de una cuestión en la cual es el Departamento Ejecutivo quien está encabezando las acciones, y en segundo término, porque, oportunamente le solicitaré a la Dra. Volante, concurra al recinto del Concejo Deliberante, a exponer las novedades y responder sus inquietudes”.
Que con fecha 19-08-2014 la dirección de Prensa municipal dice: TRIQUINOSIS: CON LA FIRMA DE LA INTENDENTE NORMA DE LIO, SE PROCEDIÓ A LA CLAUSURA PREVENTIVA DEL COMERCIO QUE VENDIÓ LOS CHACINADOS INFECTADOS.
Que el día 21-08-2014, un informe proveniente de Prensa Municipal con el título de: “EL ING. EDUARDO TERRADO QUIEN ACESORA (SIC) AL MUNICIPIO EN PRODUCCIÓN PORCINA EXPLICA CUESTIONES TÉCNICAS DE LA TRIQUINOSIS” manifiesta en una parte de la nota: “Bromatología no tiene poder de policía en vivos” (refiriéndose a los cerdos) “si tiene ese poder en las bocas de expendio…”
Que esperamos hasta el día viernes 22/08/2014, tal lo sugerido por el Concejal Claudio Gatón (FAP), quien se comprometió con muy buena predisposición -en reunión plenaria de este HCD el día martes 19 de agosto del corriente- a realizar las gestiones necesarias para que la Directora del Hospital Municipal Dra. Mónica Volante se presente en el transcurso de esta semana para informar sobre lo respectivo al brote de Triquinosis en el distrito.
Que al no brindarse información oficial desde el DEM a los concejales resiente el sistema republicano y perjudica la democracia, ya que el concejal es un representante político del vecindario, definido éste por un espacio territorial y a un gobierno existente en el mismo, como tal electo para canalizar las demandas de los representados, en un cuerpo deliberante en el que se deciden las políticas locales. Asimismo, y en el marco de la división de poderes propios de un sistema republicano, es además quien tiene a su cargo vigilar la ejecución de la gestión y particularmente del presupuesto, por parte del Departamento Ejecutivo.
Cabe agregar que cada una de esas asignaciones es significativa para el sistema republicano y democrático y que el sacrificio de cualquiera de ellas, necesariamente resiente la calidad institucional. Aquél concejal que no representa las aspiraciones del pueblo, sacrificándola en aras a otras consideraciones; que no debate ideas y no legisla conforme a la razón o que no controla la gestión del departamento ejecutivo en la medida en que corresponde, perjudica a la democracia.
Todo esto sin mencionar la información cruzada, expresiones desafortunadas y desinformación a la que somos expuestos día a día respecto al tema TRIQUINOSIS en particular..
En el marco del Artículo 68 de la Ley Orgánica de las Municipalidades donde establece en sus sesiones: artículo 5° Extraordinarias: El Concejo podrá ser convocado por el Intendente a sesiones extraordinarias, siempre que un asunto de interés público y urgente lo exija, o convocarse por si mismo cuando, por la misma razón, lo solicite un mínimo de un tercio de sus miembros.
Por lo expresado solicitamos a los Sres. Concejales acompañen el siguiente
Proyecto de Resolución:
ARTÍCULO 1: Cítese a Sesión Extraordinaria para el día Lunes 25 de Agosto a las 20.00 hs. a los Sres. Concejales que forman parte del HCD de Hipólito Yrigoyen
ARTICULO 2: Cítese a la intendente Interina Sra. Norma de Lío atendiendo a que ha sido quien tomado el monitoreo y coordinación de las acciones sobre la problemática presentada (Triquinosis), según sus expresiones vertidas en contestación de fecha 13-08-2014 a los concejales del FPV.
ARTÍCULO 3: Requiérase toda la documentación al respecto sobre actuación de las diferentes dependencias municipales implicadas en la problemática (Dirección de Bromatología y Ambiente, Dirección de Salud Municipal, Dirección del Hospital Municipal, Juzgado de Faltas, Dirección de Producción)
ARTÍCULO 4: De forma.-
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Henderson, 25 de Agosto de 2014.-
Al Señor
Presidente del H. Concejo Deliberante de H. Yrigoyen
CDOR. SANDRO MATEOS
S_________/________D:
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a fin de solicitarle Cítese a Sesión Extraordinaria para el día Martes 26 de Agosto 2014 a las 20.00 hs.
Motiva la presente que la Salud Pública de la comunidad es un tema de Interés público y Urgente, dado el brote de Triquinosis denunciado en nuestro distrito.
Todo ello se solicita en el marco del Artículo 68 de la Ley Orgánica de las Municipalidades donde establece en su Artículo 5°: El Concejo podrá ser convocado por el Intendente a sesiones extraordinarias, siempre que un asunto de interés público y urgente lo exija, o convocarse por sí mismo cuando, por la misma razón, lo solicite un mínimo de un tercio de sus miembros.
Que la propia Intendenta interina de la municipalidad de Hipólito Yrigoyen Sra. Norma De Lío por nota ingresada el 13 de Agosto de 2014 al HCD dirigida al Bloque de Concejales del Frente para la Victoria fija posición respecto de que “…deseo sugerirles a los miembros de este bloque, respetar los canales institucionales correspondientes para solicitar información sobre programas, acciones o situaciones de este municipio…”, y que tal lo expresado en dicha nota: “…pongo en conocimiento de Uds. que por tratarse de un tema de alto riesgo para la salud pública, he sido yo, en persona, y en mi función de intendenta Interina quien ha tomado el monitoreo y coordinación de las acciones pertinentes…”
Que como único tema en dicha Sesión Extraordinaria se presentará un proyecto de DECRETO a fin de Convocar a la Sra. Intendenta Interina Municipal de la municipalidad de Hipólito Yrigoyen, Sra. Norma De Lío, a concurrir personalmente a Sesión Extraordinaria convocada a tal efecto, todo ello según lo normado por el Artículo 108, Inciso 7) de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y Capítulo Decimosegundo: de la asistencia del Departamento Ejecutivo e Interpelaciones, Artículos 62 al 64 del Decreto N° 09/2009 del “Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Hipólito Yrigoyen”, con el propósito de suministrar informes, aportar documentación y dar explicaciones respecto del siguiente tema:
· BROTE DE TRIQUINOSIS EN EL DISTRITO DE HIPÓLITO YRIGOYEN.
Así mismo, para que se Autorice a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante a establecer la fecha de Sesión Extraordinaria y realizar las notificaciones correspondientes.
Adjuntamos el proyecto de DECRETO que presentaremos en dicha sesión.
Sin más lo saludamos a Ud. muy atte.
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Henderson, 25 de Agosto de 2014.-
Al Señor
Presidente del H. Concejo Deliberante de H. Yrigoyen
CDOR. SANDRO MATEOS
S_________/________D:
De nuestra mayor consideración:
VISTO:
El foco de Triquinosis que afecta a nuestra localidad, según lo manifestado en los distintos medios de comunicación de nuestra ciudad por la Intendenta Interina Sra. Norma de Lío, por el Secretario de Gobierno de este Municipio Sr. Luis Ángel Pérez, por el Sr. Responsable de Bromatología y Medio Ambiente, Veterinario Arturo Arrospide, por la Directora del Hospital Dra. Mónica Volante, por el asesor en el área Porcina de este Municipio Sr. Eduardo Terrado entre otros, asimismo tal lo expresado por la Sra. Intendenta Interina en nota enviada al bloque de concejales del Bloque del FPV el día 13-08-2014 en sesión del HCD: “…para poder detectar los focos que dispararon el brote de triquinosis…” y por lo que ha trascendido públicamente según expresiones de numerosos vecinos y/o afectados, y
CONSIDERANDO:
Que habiendo transcurrido dos meses del episodio del análisis positivo de, al menos un cerdo con triquinosis en el distrito, y transcurrido ya más de 15 días (08-08-2014) desde que se conociera públicamente el brote de Triquinosis que ha afectado la salud de varios vecinos de nuestro distrito.
Que este bloque de concejales ha presentado nota a la directora del Hospital Dra. Mónica Volante con fecha 08-08-2014, la cual se adjunta copia.
Que como respuesta la Sra. Intendenta Interina Norma de Lío, presentó una nota en sesión del día 13-08-2014 que no respondió a nuestras inquietudes, y en actitud poco habitual ya que normalmente ante notas presentadas por este bloque, ha respondido en forma directa y con antelación a la Sesión.
Que los términos de su respuesta son estos: “…que le he solicitado a dicha funcionaria (Dra. Mónica Volante), se abstenga de responder inquietudes y pedidos de informes que se le realicen sobre la cuestión del repentino brote de Triquinosis que estamos padeciendo en nuestra localidad, primero por tratarse de una cuestión en la cual es el Departamento Ejecutivo quien está encabezando las acciones, y en segundo término, porque, oportunamente le solicitaré a la Dra. Volante, concurra al recinto del Concejo Deliberante, a exponer las novedades y responder sus inquietudes”.
Por lo dicho anteriormente, y por el tiempo transcurrido creemos que ya se ha dilatado el tiempo oportuno, para que recibamos información oficial desde el área de Salud de este municipio.
Además sugiere al bloque del FPV respetar los canales institucionales correspondientes para solicitar información sobre programas, acciones o situaciones de este Municipio.
Agrega por último: “…que he sido yo, en persona y en mi función de Intendente Interina, quien ha tomado el monitoreo y coordinación de las acciones pertinentes, para poder detectar los focos que dispararon el brote de triquinosis, eliminar de la circulación comercial dicha mercadería y asistir de manera eficaz a los pacientes afectados”.
Que la doctora Mónica Volante había confirmado al medio periodístico Hendersonline el día 11-08-2014: “que son 21 Las personas que podrían estar infectadas” además de otras apreciaciones que se adjuntan en este documento, extraídas de distintos medios periodísticos.
Otro medio periodístico que consultó a la Dra. Volante fue Diario Noticias de Pehuajó, el día 15-08-2014 y esta responde: “Aún no tenemos la confirmación de Zoonosis de Azul, que es quien da el diagnóstico definitivo, pero tenemos más de 30 casos…”
Otro medio Periodístico, en este caso una radio de un distrito vecino, Radio Ciudad de la ciudad de Bolívar le realiza una entrevista el día 20-08-2014 y la doctora Volante responde: “Se enviaron a hacer los análisis correspondientes a Zoonosis de Azul y ya se confirmaron tres casos. No obstante, entre, sospechosos y probables aún hay, unos sesenta pacientes que aún no han sido confirmados.”
De lo antes dicho, se desprende que la Doctora Volante responde ante consultas de los medios de comunicación pero no a los representantes del pueblo, es decir, a los concejales de un bloque político, o bien NO está respetando las órdenes de la intendenta Interina que le solicitó “…a dicha funcionaria (Dra. Mónica Volante), se abstenga de responder inquietudes y pedidos de informes que se le realicen sobre la cuestión del repentino brote de Triquinosis que estamos padeciendo en nuestra localidad, primero por tratarse de una cuestión en la cual es el Departamento Ejecutivo quien está encabezando las acciones, y en segundo término, porque, oportunamente le solicitaré a la Dra. Volante, concurra al recinto del Concejo Deliberante, a exponer las novedades y responder sus inquietudes”, o la intendenta interina dio la orden que se le comunique a los medios periodísticos sobre este grave tema, y no a los concejales. Lo que agravaría aún más el cuadro de negación información a los concejales.
Que con fecha 19-08-2014 la dirección de Prensa municipal dice: “TRIQUINOSIS: CON LA FIRMA DE LA INTENDENTE NORMA DE LIO, SE PROCEDIÓ A LA CLAUSURA PREVENTIVA DEL COMERCIO QUE VENDIÓ LOS CHACINADOS INFECTADOS”.
Que el día 21-08-2014, un informe proveniente de Prensa Municipal con el título de: “EL ING. EDUARDO TERRADO QUIEN ACESORA (SIC) AL MUNICIPIO EN PRODUCCIÓN PORCINA EXPLICA CUESTIONES TÉCNICAS DE LA TRIQUINOSIS” y manifiesta en una parte de la nota: “Bromatología no tiene poder de policía en vivos” (refiriéndose a los cerdos) “si tiene ese poder en las bocas de expendio…” “… (Bromatología), tiene la responsabilidad, de la góndola al consumidor…” “Bromatología no tiene el poder de policía en vivos, si tiene ese poder en las bocas de expendio…”
Que aguardamos para realizar esta convocatoria hasta el día viernes 22/08/2014, tal lo sugerido por el Concejal Claudio Gatón (FAP), quien se comprometió con muy buena predisposición -en reunión plenaria de este HCD el día martes 19 de agosto del corriente- a realizar las gestiones necesarias para que la Directora del Hospital Municipal Dra. Mónica Volante se presente en el transcurso de esta semana (precisamente en el transcurso de los días 20-08 al 22-08 2014) para informar sobre lo respectivo al brote de Triquinosis en el distrito.
Que al no brindarse información oficial desde el Departamento Ejecutivo Municipal a los concejales, más allá de lo antes expuesto, se resiente el sistema republicano y perjudica la democracia, ya que el concejal es un representante político del vecindario, definido éste por un espacio territorial y a un gobierno existente en el mismo, como tal electo para canalizar las demandas de los representados, en un cuerpo deliberante en el que se deciden las políticas locales. Asimismo, y en el marco de la división de poderes propios de un sistema republicano, es además quien tiene a su cargo vigilar la ejecución de la gestión y particularmente del presupuesto, por parte del Departamento Ejecutivo.
Cabe agregar que cada una de esas asignaciones es significativa para el sistema republicano y democrático y que el sacrificio de cualquiera de ellas, necesariamente resiente la calidad institucional. Aquél concejal que no representa las aspiraciones del pueblo, sacrificándola en aras a otras consideraciones; que no debate ideas y no legisla conforme a la razón o que no controla la gestión del departamento ejecutivo en la medida en que corresponde, perjudica a la democracia.
Todo esto sin mencionar la información cruzada, expresiones desafortunadas y desinformación a la que somos expuestos día a día respecto al tema TRIQUINOSIS en particular. (Se adjuntan copias de informe de Prensa municipal publicadas en varios medios de comunicación)
Que la propia Intendenta interina Sra. Norma De Lío por nota ingresada el 13 de Agosto de 2014 al HCD dirigida al Bloque de Concejales del Frente para la Victoria fija posición respecto de que “…deseo sugerirles a los miembros de este bloque, respetar los canales institucionales correspondientes para solicitar información sobre programas, acciones o situaciones de este municipio…”, y que tal lo expresado en dicha nota: “…pongo en conocimiento de Uds. que por tratarse de un tema de alto riesgo para la salud pública, he sido yo, en persona, y en mi función de intendenta Interina quien ha tomado el monitoreo y coordinación de las acciones pertinentes…”
Que sin perjuicio de no compartir que no se nos haya brindado información desde un área municipal, ante tan grave situación que atravesamos con el brote de Triquinosis, y que literalmente la intendenta Interina sugiera que nos informemos por los comunicados de Prensa municipal, tal como lo expresa en la nota: “…sobre el objeto de su pedido de informe a la Directora del Hospital, les comunico que lo que ha sido publicado en Prensa municipal, es toda la información que hasta el día de la fecha podemos dar de manera oficial y responsable…”
El Honorable Concejo Deliberante de Hipólito Yrigoyen en uso de sus atribuciones
DECRETA:
ART. 1: Convocar a la Sra. Intendenta Interina Municipal de la municipalidad de Hipólito Yrigoyen, Sra. Norma De Lío, a concurrir personalmente a Sesión Extraordinaria convocada a tal efecto, todo ello según lo normado por el Artículo 108, Inciso 7) de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y Capítulo Decimosegundo: de la asistencia del Departamento Ejecutivo e Interpelaciones, Artículos 62 al 64 del Decreto N° 09/2009 del “Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Hipólito Yrigoyen”, con el propósito de suministrar informes, aportar documentación y dar explicaciones respecto del siguiente tema:
· BROTE DE TRIQUINOSIS EN EL DISTRITO DE HIPÓLITO YRIGOYEN.
ART. 2: Autorizase a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante para establecer la fecha de Sesión Extraordinaria y realizar las notificaciones correspondientes.
ART. 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro del Honorable Concejo Deliberante y archívese.