21-07-2014 10:10 |
Compartimos a continuación un parte de la seccional local de policía acerca de la instrumentación de la ordenanza recientemente aprobada por el Concejo Deliberante, que prohíbe el uso de rifles de aire comprimido en el ejido urbano
PROHIBICION DE LOS RIFLES DE AIRE COMPRIMIDO
La policía local informa a la población que el Honorable Concejo Deliberante de nuestra localidad ha dictado la Ordenanza Nº 95/14, con la que prohíbe la portación visible y/o uso de cualquier tipo de armas del tipo aire comprimido o similar, dentro del ejido urbano.
La fuerza de seguridad, constatada la falta, podrá incautar el elemento en infracción, y remitirlo al Juzgado de faltas Municipal, cualquiera sea la edad del portador, previo labrado de un acta de confiscación. La norma, además, ha dispuesto la aplicación de una multa del equivalente en pesos a ciento sesenta (160) litros de nafta super para quien sea sorprendido con el pseudoarma, monto que deberá abonarse dentro del plazo de treinta (30) días. Caso contrario las autoridades se hallan facultadas para la destrucción del efecto en infracción.