11-04-2013 01:32 |
Hoy compartimos el artículo 60 de la ley 24240, que refiere sobre los planes educativos dirigidos al consumidor. El abogado Guillermo Anderson está por estos días atareado con compromisos de actualidad, por lo que no va a poder acompañarnos con sus columnas. Así que seguimos, de todos modos, recorriendo la ley, para saber y hacer valer nuestros derechos como consumidores y no permitir que nos engañen
Guillermo Anderson es asesor de la Subsecretaría de Servicios
Públicos y Relaciones de Consumo de La Plata, y ex asesor
de la Presidencia de la Comisión de Usuarios y Consumidores
de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Ley 24240 - Artículo 60.-
Planes educativos. Incumbe al Estado nacional, las provincias y municipalidades, la formulación de planes generales de educación para el consumo y su difusión pública, fomentando la creación y el funcionamiento de las asociaciones de consumidores y la participación de la comunidad en ellas, debiendo propender a que dentro de los planes oficiales de educación primaria y media se enseñen los preceptos y alcances de esta ley.