Eximición de tasas de alumbrado, barrido y limpieza para jubilados y/o pensionados
EXIMICIÓN DE TASAS DE ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA PARA JUBILADOS Y/O PENSIONADOS
La Dirección de Bienestar Social informa que a partir del 01/03/2012 se realizará el trámite de Eximición de Tasas de Alumbrado, Barrido y Limpieza para Jubilados y/o pensionados hasta el 31/03/2012.
Los requisitos son:
• Ser jubilado o pensionado percibiendo un haber mínimo de hasta $1.450, no teniendo ningún otro tipo de ingreso por ningún concepto. En caso que los dos cónyuges perciban un beneficio cada uno no se realizará la eximición.
• Ser el solicitante y/o cónyuge propietarios de ése único inmueble.
• Destinar el inmueble exclusivamente a vivienda propia y permanente.
Documentación a presentar:
Fotocopia del documento 1º, 2º hoja y cambio de domicilio.
Fotocopia del último recibo de jubilación o pensión.
Fotocopia de la escritura de la vivienda.
Para realizar el trámite se deberán dirigir a la Dirección de Bienestar Social de lunes a viernes de 8 a 12 horas.