Miércoles 19 de agosto de 2026 | Año XVII Nro. 5894
COOP. AGUA POTABLE 2023

DIPU JG25

EDEN

la bancaria

 
 

Proyecto de UxP encomienda a la Dirección de Salud realizar análisis semestrales al agua potable de Henderson y Herrera Vegas

31-07-2025 20:08 | 

El último de los considerandos del proyecto de ordenanza ingresado formalmente en las últimas horas en el Honorable Concejo Deliberante de Hipólito Yrigoyen por la bancada oficialista afirma que “resulta impostergable la realización de análisis fisicoquímicos y bacteriológicos complementarios a los publicados por la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Henderson Ltda.” Compartimos el texto de la iniciativa del bloque Unión por la Patria (UxP) y agregamos el de la ordenanza que se pide derogar.

 

 

 

En el primero de los considerandos el proyecto indica "que existen numerosos informes sobre estudios de las fuentes de agua subterránea, enmarcadas en el Acuifero Pampeano, que advierten sobre elevados índices de arsénico y flúor en localidades del oeste de la Provincia de Buenos Aires y en la Provincia de La Pampa".

El siguiente señala "que esta situación se presenta como un problema para el acceso al agua para consumo humano, debido a que la exposición a niveles elevados de arsénico y flúor puede generar graves enfermedades a largo plazo en las personas".

En uno de sus artículos la iniciativa solicita que los resultados sean difundidos a través de medios de comunicación y que la Dirección de Salud realice recomendaciones a la ciudadanía  sobre el consumo de agua de red, así como de medidas de potabilización adecuadas para quienes utilicen agua de pozos.

En otro establece "como prioritaria la contratación de laboratorios pertenecientes a universidades públicas nacionales o provinciales e institutos públicos de investigación, en segundo término aquellos que dependan de fundaciones u organizaciones que trabajen específicamente sobre alimentos y temáticas relacionadas al ambiente, y por último laboratorios particulares”. 

Y en el  penúltimo pide la derogación de "la Ordenaza número 48 del año 2017, aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de Hipólito Yrigoyen".

 

 

Proyecto de ordenanza

https://www.dropbox.com/scl/fi/v2i023vzlxa6ne9a4nai2/PROYECTO-ANALISIS-DE-AGUA.pdf?rlkey=395hr4cfiihpsel3oos1o2xao&st=mw2d2t8y&dl=0

 

 

 

 

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------

   
                                         Ordenanza 48/2017

VISTO:

La comunicación 06/14

CONSDERANDO:

Que el ejecutivo no adopto las medidas necesarias para cumplir el objetivo que en su momento tuvo la comunicación 06/14 y ante la persistencia de las preocupaciones que dieron origen a la misma.-

POR ELLO:

 

------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO  YRIGOYEN, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona con fuerza de: ----------------------------------

 

ORDENANZA

Artículo 1°): Crease la Comisión Permanente para el Control de la Calidad del Agua de Hipólito Yrigoyen.-

Artículo 2°): La comisión estará compuesta por un representante de la Dirección de Salud, uno de la Dirección de Obras Públicas, un representante de la Dirección de Bromatología y un Concejal representante de cada Bloque. La Presidencia será ejercida por el representante de Salud. La Comisión redactará un Reglamento Interno de Funcionamiento.-.

Artículo 3°): La Comisión tendrá la facultad  y obligación de efectuar controles directos a través de laboratorios habilitados en todo el partido de Hipólito Yrigoyen, tanto en la red de agua potable, como en las perforaciones que considere necesario. Con el objeto de avalar todos los informes que surjan de los análisis bacteriológicos y físico-químicos, que debe efectuar en forma permanente la prestataria del servicio de agua potable. La Comisión tendrá la obligación de enviar un representante para la toma de muestras y control del procedimiento. La Cooperativa de Agua Potable está obligada a notificar a la Comisión el lugar y horario de cada muestra de agua que se tome.-

Artículo 4°): La Comisión será responsable de comunicar en forma regular los resultados de las pruebas propias y el aval de los resultados de los análisis que deben efectuarse por parte de la Cooperativa de Agua Potable, como así de todo evento, incidente o accidente que se pueda producir, exigiendo la inmediata comunicación a la población.-

Artículo 5°): Con el objeto de cumplir con su función, la Comisión tendrá la facultad de realizar inspecciones en  la totalidad de la red de agua sin consentimiento alguno por parte del prestado, conforme al art. 16°: (texto según DEC-LEY 10.100/83) LOM.-

Artículo 6°): Financiamiento. Los gastos que devengue el funcionamiento de la Comisión serán previstos en el Presupuesto Anual de la Dirección de Salud.-

Artículo 7º): Comuníquese, regístrese y cumplido archívese.-

-----------------DADA EN LA SALA  DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN,  A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.-----------------------------------------

 

 

Dra. Victoria  Toledo                                                                              Dra. Linda Marina  López

Secretario                                                                                                        Presidente

Honorable C. Deliberante                                                                             Honorable C. Deliberante

 

 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 
                       Comunicación 06/2014

 

VISTO:

            La necesidad de efectuar seguimientos permanentes y rigurosos relativos a la calidad del agua potable que se consume en la Ciudad de Henderson y

CONSIDERANDO:

            Que la Dirección de Salud Municipal es el organismo con capacidades funcionales, en condiciones de realizar y efectuar evaluaciones permanentes de los resultados de los Análisis Bacteriológicos y los Análisis Físico-Químico de acuerdo a los parámetros establecidos por el Código Alimentario Argentino (C.A.A.).

            Que la población tiene el derecho de estar informada en todas circunstancias, contando especialmente con el aval de la dirección mencionada precedentemente.

Por ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la siguiente:

COMUNICACION

Art.1º): Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal asigne a la Dirección de Salud Municipal la facultad y responsabilidad de efectuar controles directos a través de laboratorios habilitados y de avalar todos los informes que surjan de los análisis Bacteriológicos y Físico Químico que debe efectuar en forma permanente la prestataria del servicio de agua potable. ------

Art. 2º): La Dirección de Salud será responsable de comunicar en forma regular el aval de los
resultados de los análisis que deben efectuarse, como así también todo evento,   incidente o
accidente que se pueda producir, exigiendo la inmediata comunicación a la población.-------------

Art.3°): Comuníquese, Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.--------------------------------

 

----------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL CATORCE.--------------------------------------------------------------------

 

----------------------                                                                                     -------------------

     Silvana Lepore                                                                                                          Sandro Mateos

        Secretaria                                                                                                                   Presidente

Honorable C. Deliberante                                                    Honorable C. Deliberante   

 

 

+ A la edad de 69 años falleció Raúl Di Julio. No se realiza velatorio. Sepelio: martes 18 de agosto a las 16.30 horas. Q.E.P.D.

 
ARBA 2026 DIPUTADOS 26 Cooperativa El Progreso SOLER Federico del Ãlamo hcnet PORTAL URBANO

El contenido de esta página requiere una versión más reciente de Adobe Flash Player.

Obtener Adobe Flash Player

Morada-IT : Diseño y Desarrollo Web
(C) Copyright 2010 - Todos los derechos reservados - Registro DNDA: RL-2024-48118663-APN-DNDA#MJ 
Domicilio legal: Calle 37 Nro. 479, La Plata, Pcia. de Buenos Aires
Correo electrónico: info@hendersonline.com.ar