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Aclaraciones de la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos sobre las tarifas de gas en el marco de la denominada zona fría

13-08-2021 14:34 | 

Por caso, en el texto enviado, que se transcribe a continuación de la introducción, la entidad prestadora del servicio de gas natural en Hipólito Yrigoyen explica cuándo se verán reflejados en las facturas los montos con los descuentos correspondientes a la zona fría en la que está incluido nuestro distrito. También, quiénes tendrán que abonar el 70% y quiénes el 50%. Y más.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
ZONA FRÍA. ACLARACIONES SOBRE LA ASIGNACIÓN A CADA USUARIO


Ampliando la información que emitimos días pasados respecto al beneficio que recibirán la totalidad de los usuarios Residenciales por la inclusión de nuestra localidad dentro del Régimen de Zona Fría; y habiéndose emitido el día 4 de Agosto de 2021 por parte del ENARGAS la Resolución que determina el periodo de vigencia ( a partir de los consumos desde el 5 de Agosto de 2021) creemos necesario informales desde cuándo efectivamente se verá reflejado dicho beneficio en la facturas de este servicio.

La Cooperativa, tiene distribuida a la totalidad de los usuarios en dos Rutas, comentaremos desde cuándo se verán reflejados en las factura en cada una de ellas:

RUTA 1: Calle Florida (nombrada ésta como la más conocida) y las paralelas a esta desde A. Magaldi  hasta  P. Moreno, incluidas aquí las diagonales:

En ésta fecha, hoy 13 de agosto, ya se tomaron los estados de ésta Ruta, esos estados comprende los meses de consumo de Junio-Julio. Esto se facturará durante el mes de Agosto y vencerá la liquidación 1 de2, en el mes de Septiembre y la liquidación 2 de 2 el vencimiento será en el mes de Octubre. O sea que el beneficio de descuento por Zona Fria en este período de facturación NO aplica, es decir que el beneficio para esta ruta aplicará A PARTIR  de las facturas que vencerán en los meses de Noviembre y Diciembre.

RUTA 2: Calle Rivadavia (nombrada esta como la más conocida) y las paralelas a esta desde R. Escalada de San Martin hasta  N. Avellaneda:

Los estados de los consumos de esta Ruta se tomaran los primeros días del mes de Septiembre, esos estados comprenderán los consumos de Julio-Agosto. Esto indica que para esta RUTA se aplicará el 50% con la tarifa normal y el 50% con la tarifa como ZONA FRIA. Esas facturas llegaran en el mes de Septiembre y  vencerán la Liquidación 1 de 2, en el mes de Octubre y la liquidación 2 de 2 vencerá en el mes de Noviembre. O sea que el total del beneficio APLICARÁ en formal total a partir de los facturación que se realizará en el mes de Noviembre con vencimientos posteriores a este mes.

 
 

Otro tema que tenemos que tener en cuenta es lo siguiente:


a) La totalidad de los usuarios RESIDENCIALES (usuarios Comerciales no entran) son los que obtendrán el beneficio al ser incluidos en Zona Fría, quienes tendrán una tarifa por el 70% de la que se aplica actualmente y otros tendrán una tarifa por el 50% de la que se aplica actualmente.


b) ¿QUIENES TENDRAN UNA TARIFA DEL  50%?: 1) Titulares de Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo. 2) Titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil. 3) Usuarios y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social. 4) Jubilados y jubiladas, pensionados y pensionadas y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro Salarios Mínimos Vitales y Móviles. 5) Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil. 6) Usuarios y usuarias que perciban seguro de desempleo. 7) Electrodependientes, beneficiarios y beneficiarias de la ley 27.351. 8) Usuarios y usuarias incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares de la ley 26.844. 9) Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza. 10) Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.


c) ¿DE DONDE SALE EL LISTADO DE LOS USUARIOS QUE TENDRAN LA TARIFA DEL 50%?: De acuerdo al Decreto 486/2021(Reglamentación de la Ley 27.637, publicado en el boletín oficial el día 03/08/2021), Art. 8 dice: el ENARGAS informara a las prestadoras de Servicios de Gas (EN ESTE CASO INFORMARA A ESTA COOPERATIVA)  quienes son los usuarios y usuarias beneficiarios/as. En caso de que algún usuario y/o usuaria no este incluido en este beneficio y considera que debería estar, tendrá que acudir al ANSES a hacer el reclamo pertinente.

 

d) NOVEDAD DE ULTIMO MOMENTO: De acuerdo a lo manifestado en reunión del día 12 de Agosto con autoridades de ENARGAS, puede llegar a pasar que en las primeras facturaciones no esté el listado de beneficiarios del 50% de descuento por lo cual, quienes estarían dentro de los incluidos en el punto b) recibirían solo el descuento del 30%.

 

          HENDERSON, 13 de Agosto de 2021.

 

 

 

 

 

 

 

 
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