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Sistema de Monitoreo de Abastecimiento de Precios: cómo controlar y denunciar, y la potestad de los intendentes 09-04-2020 09:32 |
Creado por decreto provincial, el Sistema de Monitoreo de Abastecimiento de Precios (SIMAP) permite a consumidores y comerciantes denunciar abusos de precios por encima de los valores máximos establecidos o alertar por falta de abastecimiento de 2.300 productos. Cómo funciona y los pasos para realizar los controles. Por otro lado, relacionado con ello, el Gobierno nacional, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial el jueves 9 de abril, otorga a los intendentes el control de precios en los pequeños comercios
Los precios establecidos por el SIMAP rigen para comercios mayoristas y minoristas de ventas de productos de consumo masivo, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados y autoservicios. La base es un listado de productos esenciales cuyos precios deben retrotraerse al 6 de marzo de 2020 y no podrán aumentarse durante un lapso de noventa días.
Decreto presidencial que otorga poder a los intendentes
A pesar de que el Poder Ejecutivo encabezado por el presidente Alberto Fernández fijó precios máximos en productos esenciales, y retrotraer los precios de 2.300 artículos a los que regían el 6 de marzo, hubo un marcado incumplimiento al respecto. Es por ello que el primer mandatario decretó que las autoridades municipales tendrán el poder “de fiscalización y control” de precios, que se estableció en la resolución 100/20 de la Secretaría de Comercio Interior “con el objeto de asegurar el buen curso de las investigaciones y procedimientos administrativos”. La información añade que si bien los jefes comunales estarán habilitados al labrado de actas por irregularidades en los costos de los productos, será la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo la que “determinará el procedimiento para la remisión de las actuaciones labradas y su posterior juzgamiento”. A partir del decreto 351/2020, publicado el jueves 9 de abril en el Boletín Oficial, los alcaldes tendrán a su disposición el artículo 12 de la Ley de Abastecimiento, que establece la posibilidad de requerir el auxilio de la fuerza pública, realizar allanamientos, secuestrar libros, intervenir la mercadería en infracción y clausurar de forma preventiva por tres días los locales, con posibilidad de prorrogarlos a treinta. Además estarán habilitados a “citar a los presuntos infractores para que concurran a prestar o ampliar declaración y podrá citarse a las personas perjudicadas por una infracción o a los testigos presenciales de la misma, incluyendo a quienes se negaren a suscribir como tales el acta correspondiente”. “El intendente puede ver las condiciones de salubridad que hay en el negocio, puede ver que se cumplan las condiciones de higiene. Pero la verdad que no está en condiciones de controlar precios. Por eso les estamos dando las facultades ahora. Y yo espero que ahora sí seamos inflexibles, porque el instrumento que necesitaban para poder actuar lo van a tener”, aseveró el Presidente. |
+ A la edad de 80 años falleció Oscar Barreña. Se realiza velatorio. Sala 1. Sepelio: martes 27 de octubre a las 16.30 horas. Q.E.P.D.
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