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Sistema de Monitoreo de Abastecimiento de Precios: cómo controlar y denunciar, y la potestad de los intendentes

09-04-2020 09:32 | 

Creado por decreto provincial, el Sistema de Monitoreo de Abastecimiento de Precios (SIMAP) permite a consumidores y comerciantes denunciar abusos de precios por encima de los valores máximos establecidos o alertar por falta de abastecimiento de 2.300 productos. Cómo funciona y los pasos para realizar los controles. Por otro lado, relacionado con ello, el Gobierno nacional, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial el jueves 9 de abril, otorga a los intendentes el control de precios en los pequeños comercios

 

 

 

 

 

 

Los precios establecidos por el SIMAP rigen para comercios mayoristas y minoristas de ventas de productos de consumo masivo, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados y autoservicios. La base es un listado de productos esenciales cuyos precios deben retrotraerse al 6 de marzo de 2020 y no podrán aumentarse durante un lapso de noventa días.


Una vez que los consumidores ingresan en simap.gba.gob.ar tienen que seleccionar “consumidor” y buscar el producto cuyo precio quieran verificar. Si encuentran incumplimientos pueden realzarse allí mismo la correspondiente denuncia. Finalmente completan los datos del comercio denunciado. Con el mismo procedimiento, los comerciantes pueden denunciar los aumentos que reciban de los proveedores o la falta de stock.

 

El decreto firmado por el gobernador Axel Kicillof por el cual se crea el Simap, con vigencia hasta fines de junio, establece que los actores que sean parte de la cadena de producción, distribución y comercialización de los bienes que tienen sus precios retrotraídos al 6 de marzo "deberán mantener los niveles de producción y abastecimiento de tales bienes hasta el máximo de su capacidad instalada y arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia" de la medida.

Por otro lado se los intima a informar semanalmente al Ministerio de Producción los precios de venta de esos bienes, los niveles de aprovisionamiento y producción. "Asimismo, deberán comunicar si hay aumentos de precios o conductas desleales ejecutadas por parte de alguno de los integrantes de la cadena de producción, distribución y comercialización que les impida en forma directa garantizar los precios", añade.

Además se facultó a los municipios de la Provincia a fiscalizar establecimientos industriales, logísticos y comerciales e informar al gobierno bonaerense, que podrá aplicar medidas de sanción.

 

Decreto presidencial que otorga poder a los intendentes


Debido a incrementos registrados recientemente sobre todo en en productos alimenticios, de limpieza e insumos médicos, el Gobierno nacional otorgó por decreto a los intendentes el control de precios en los pequeños comercios.
 

A pesar de que el Poder Ejecutivo encabezado por el presidente Alberto Fernández fijó precios máximos en productos esenciales, y retrotraer los precios de 2.300 artículos a los que regían el 6 de marzo, hubo un marcado incumplimiento al respecto.
 

Es por ello que el primer mandatario decretó que las autoridades municipales tendrán el poder “de fiscalización y control” de precios, que se estableció en la resolución 100/20 de la Secretaría de Comercio Interior “con el objeto de asegurar el buen curso de las investigaciones y procedimientos administrativos”.
 

La información añade que si bien los jefes comunales estarán habilitados al labrado de actas por irregularidades en los costos de los productos, será la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo la que “determinará el procedimiento para la remisión de las actuaciones labradas y su posterior juzgamiento”.
 

A partir del decreto 351/2020, publicado el jueves 9 de abril en el Boletín Oficial, los alcaldes tendrán a su disposición el artículo 12 de la Ley de Abastecimiento, que establece la posibilidad de requerir el auxilio de la fuerza pública, realizar allanamientos, secuestrar libros, intervenir la mercadería en infracción y clausurar de forma preventiva por tres días los locales, con posibilidad de prorrogarlos a treinta.

Además estarán habilitados a “citar a los presuntos infractores para que concurran a prestar o ampliar declaración y podrá citarse a las personas perjudicadas por una infracción o a los testigos presenciales de la misma, incluyendo a quienes se negaren a suscribir como tales el acta correspondiente”.
 

“El intendente puede ver las condiciones de salubridad que hay en el negocio, puede ver que se cumplan las condiciones de higiene. Pero la verdad que no está en condiciones de controlar precios. Por eso les estamos dando las facultades ahora. Y yo espero que ahora sí seamos inflexibles, porque el instrumento que necesitaban para poder actuar lo van a tener”, aseveró el Presidente.
 

 

+ A la edad de 80 años falleció Oscar Barreña. Se realiza velatorio. Sala 1. Sepelio: martes 27 de octubre a las 16.30 horas. Q.E.P.D.

 
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