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El Tribunal de Cuentas aprobó la rendición municipal de 2014 y sólo amonestó al ex intendente y otros funcionarios

02-08-2016 20:35 | 

En el expediente  3-057.0-2014 el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, aprobó la rendición de cuentas del año 2014 de Hipólito Yrigoyen. El organismo de control aplicó una amonestación al por entonces intendente, Enrique Tkacik, y a quien fue jefa comunal interina, Norma Beatriz De Lio. También fue amonestado el contador municipal Julián Ezequiel Krieger; y se realizó un llamado de atención  al tesorero, Alfredo Alberto Pérez;  al secretario de Gobierno y Hacienda, Luis Angel Pérez; y a la directora de Personal,  María Luisa Peyrelongue. Las amonestaciones están dentro de las sanciones más leves del Tribunal, cuyas penas máximas son las multas y los cargos. En tanto, el órgano provincial mantiene en suspenso el pronunciamiento definitivo sobre temas que había dejado sin resolver en el fallo del ejercicio 2013. A continuación, los porqués de las resoluciones y la sentencia completa

 

 

 

 

Según los fundamentos del fallo, corresponde la amonestación al ex intendente Tkacik y los demás funcionarios mencionados, por lo que se detalla en el considerando segundo.

Allí se señala que hubo “incumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias”,  vinculadas, entre otras,  a la publicación de la reseña del segundo semestre del año sobre Memoria General Anual y Estado de Situación Económica Financiera, que fue publicada de manera anual sin consignarse debidamente el segundo semestre, cuando estuvo a cargo de la comuna Norma De Lio.

También se refiere a la “remisión extemporánea” de varios informes que se enviaron fuera de término a la Delegación Zonal del Tribunal de Cuentas, tales como  “informe del titular del Ejecutivo respecto al cumplimiento de los programas y planes de gobierno”; “Sumarios Administrativos”; “Información referente a todas las causas judiciales que se hayan promovido y tengan vinculación con la administración municipal”; y “Balance de sumas y saldos al 31/12/14”.

La amonestación alcanza, además, un llamado de atención porque “la Comuna no implementó en el presente ejercicio el Sistema de Ingresos Públicos (RAFAM)”; y el Tribunal aplicó sanción por la falta de periodicidad en la publicación del Boletín Oficial Municipal.

Otras documentaciones que llegaron tarde a la Delegación fueron los listados generados por los Sistemas de Ingresos y de Personal; la planilla analítica de los cheques vencidos; documentación sobre el uso de fondos; la Exposición Contable; y un par de expedientes.

En el Considerando Tercero, el Tribunal hace hincapié en diferencias contables y un Desequilibrio Fiscal de 2.917.973,20 pesos.

El Tribunal, en tanto, mantiene en suspenso el pronunciamiento definitivo sobre temas que había dejado sin resolver en el fallo del Ejercicio 2013, y en tal sentido dispone “que la Relatoría y la Delegación Zonal tomen nota para informar en su próximo estudio. Las cuestiones pendientes son sobre  la adjudicación de un terreno a la Asociación de Trabajadores Municipales; la adquisición de un inmueble; la adjudicación de un inmueble al comedor Caritas Alegres; y un sumario administrativo.

 

LA SENTENCIA

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de HIPÓLITO YRIGOYEN, ejercicio 2014 con arreglo a los libros y documentos examinados.

ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de $ $ 7.592.264,87 (Pesos Siete Millones Quinientos Noventa y Dos Mil Doscientos Sesenta y Cuatro con Ochenta y Siete Centavos) que la Municipalidad acusó al finalizar el presente ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando Quinto.

ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los Considerandos Segundo y Tercero.

ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo aplicar amonestación al Intendente Municipal Enrique Tkacik, a la Intendente Municipal Norma Beatriz De Lio y al Contador Municipal Julián Ezequiel Krieger y llamado de atención al Tesorero Alfredo Alberto Pérez,  al Secretario de Gobierno y Hacienda – Responsable y Coordinador del Macrosistema Luis Ángel Pérez y a la Directora de Personal – Responsable de la Administración de Persoanl María Luisa Peyrelongue. (Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N° 10.869 y sus modificatorias).

ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre los temas tratados en el Considerando Cuarto incisos 1)  y 4) y disponer que la Relatoría y la Delegación Zonal tomen nota para informar en su próximo estudio.

ARTÍCULO SEXTO: Declarar que el Intendente Municipal Enrique Tkacik, el Ex Tesorero Municipal Julio César Espiña, el Ex Contador Municipal Héctor Sandro Mateos y el Director de Asesoría Legal Juan Mario Vicente,  todos ellos alcanzados, según el caso, por las Reservas del Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar sin efecto las reservas dispuestas en el Considerando Cuarto incisos 2) y 3) del presente decisorio, liberando de responsabilidad al Intendente Municipal Enrique Tkacik, y a los Presidentes del Honorable Concejo Deliberante Carlos Abilio Cabral y Norma Beatriz De Lio.

ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Enrique Tkacik,  Julio César Espiña, Héctor Sandro Mateos y Juan Mario Vicente, de las reservas dispuestas en el Artículo Quinto de la presente Sentencia.

ARTICULO NOVENO: Notificar a Enrique Tkacik, Carlos Abilio Cabral y Norma Beatriz De Lio,  de lo resuelto en el Artículo Séptimo del presente decisorio.

ARTICULO DÉCIMO: Notificar a Enrique Tkacik, Norma Beatriz de Lio, Alfredo Alberto Pérez, Luis Ángel Pérez, Julián Ezequiel Krieger y María Luisa Peyrelongue, de las sanciones que particularmente se le imponen a cada uno de ellos por el Artículo Cuarto. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince (15) días conforme lo establecido en el artículo 38° de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N° 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.

ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires lo expresado en el Considerando Tercero inciso 2).

ARTICULO DÉCIMOSEGUNDO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.

ARTÍCULO DÉCIMOTERCERO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XV, con sede en Pehuajó.

ARTICULO DECIMOSÉPTIMO: Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento (Resolución N° 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires) el presente fallo que consta de doce fojas; firmarlo en un ejemplar. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

 

 
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